1. APROBACION DE ACUERDO 12/07/2025 - 12:32

Punto de la agenda
1. APROBACION DE ACUERDO
Plan operativo
NO
Acción
Aprobación
Objetivo

Se convoca a CNO NO PRESENCIAL 800 con el fin de aprobar el acuerdo "Por el cual se aprueban los resultados de las pruebas previas a la entrada en operación de la planta solar fotovoltaica Palmira 1".  

Presentación
NO
Inclusión plan operativo
NO
Desarrollo

 

Apreciado Señor:

 

Con el objeto de realizar la sesión N° 800 del CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO, bajo la modalidad de reunión no presencial, de conformidad con lo autorizado en el artículo 41 del Acuerdo CNO N° 1912 (Reglamento Interno) del 5 de diciembre de 2024 y lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 222 de 1995, pongo a su consideración el siguiente Acuerdo:

 

“Por el cual se aprueban los resultados de las pruebas previas a la entrada en operación de la planta solar fotovoltaica Palmira 1

 

El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión no presencial No. XXX del XX de XXX de 2025 y,

 

CONSIDERANDO

 

1. Que mediante el Acuerdo 1937 de 2025 se aprobó la actualización del "Procedimiento para la declaración de entrada en operación comercial de proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación".

 

2. Que en el artículo 2 del Acuerdo 1937 de 2025 se prevé lo siguiente:

 

"El presente Acuerdo rige para la declaración de entrada en operación comercial de los siguientes proyectos:

 

(...)

 

- Proyectos de generación hidráulicos, térmicos, solares y eólicos que se conecten al Sistema de Transmisión Nacional STN y al Sistema de Transmisión Regional STR." (...)

 

3. Que en el numeral 7.4.5 del Anexo 1 del Acuerdo 1937 de 2025, Por el cual se aprueba la actualización del "Procedimiento para la puesta en operación de proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación", se define que se deberá emitir un Acuerdo CNO con el resultado de las siguientes pruebas:

 

- Pruebas de la curva de capacidad, Potencia reactiva (PQ)

- Pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia (Estatismo(s) potencia/frecuencia)

- Pruebas de rampa operativa de entrada y salida

- Pruebas de las características del control de potencia reactiva/tensión (Estatismo potencia reactiva/tensión)

- Pruebas a las características de operación ante depresiones de tensión y sobretensiones (Certificado firmado de las funcionalidades LVRT y HVRT)

- Pruebas de desempeño de respuesta rápida en frecuencia (aplica sólo para eólicas)

- Pruebas a los requerimientos de priorización en la inyección rápida de corriente reactiva.

 

4. Que en el Acuerdo 1987 de 2025 se aprobó la actualización del "Procedimiento para la verificación de las funciones de control de tensión de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR y de los autogeneradores solares y eólicos conectados al STN y al STR sin entrega de excedentes"

 

5. Que en el Acuerdo 1826 de 2024 se aprobó la actualización del "Procedimiento de pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR".

 

6. Que en el Acuerdo 1955 de 2025 se actualizó el "Procedimiento para la realización de las pruebas de verificación de la curva de capacidad de las plantas de generación eólicos y solares fotovoltaicas conectados al STN y STR y de los autogeneradores conectados al STN y al STR sin entrega de excedentes"

 

7. Que la empresa Celsia Colombia S.A. E.S.P. presentó los resultados de las pruebas de la planta solar fotovoltaica Palmira 1, y el Subcomité de Controles en la reunión extraordinaria 322 del 2 de julio de 2025 y mediante correos electrónicos del 3, 4 y 8 de julio de 2025, emitió concepto favorable del cumplimiento de los procedimientos y pruebas descritas en los Acuerdos CNO 1826 de 2024 y los Acuerdos 1955 y 1987 de 2025, que contienen los resultados de las pruebas del numeral 7.4.5 del Anexo 1 del Acuerdo 1937 para la planta Palmira 1.

 

8. Que el Comité de Operación en la reunión no presencial 470 del 11 de julio de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.

 

ACUERDA:

 

1. Aprobar los resultados de las pruebas de la planta Palmira 1 que se listan a continuación, las cuales fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en la regulación vigente y los Acuerdos CNO 1826 de 2024 y los Acuerdos 1955 y 1987 de 2025, como se presenta en los Anexos del presente Acuerdo, que hacen parte integral del mismo:

 

  • Pruebas de la curva de capacidad, Potencia reactiva (PQ).

  • Pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia (Estatismo(s) potencia/frecuencia).

  • Pruebas de rampa operativa de entrada y salida.

  • Pruebas de las características del control de potencia reactiva/tensión (Estatismo potencia reactiva/tensión).

  • Pruebas a las características de operación ante depresiones de tensión y sobretensiones.

  • Pruebas a los requerimientos de priorización en la inyección rápida de corriente reactiva.

 

2. Aprobar la curva de capacidad de la planta de generación solar fotovoltaica Palmira 1, como se muestra a continuación en la siguiente tabla y gráfica:

 

Tabla

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3. El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de expedición.

 

 

Presidente - German Caicedo                                                                                                                                                                                                            Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre

 

Manifestación de voto:

 

La manifestación de voto podrá remitirse por correo electrónico a: aolarte@cno.org.co

 

Atentamente,

 

ALBERTO OLARTE AGUIRRE

Secretario Técnico

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN – CNO

Conclusiones

 

 

En respuesta a la anterior solicitud los miembros del Consejo Nacional de Operación manifestaron su voto mediante correo electrónico en la forma en que se indica en el siguiente cuadro, en el que también se incluyen las fechas en que fueron recibidas las comunicaciones de cada miembro y el sentido de cada voto así:

 

 MIEMBRO C.N.O.

FECHA DE RECIBO DE LA COMUNICACIÓN

SENTIDO DEL VOTO

ENEL 

11-07-2025

Positivo

AIR-E

11-07-2025

Positivo

EPM

11-07-2025

Positivo

ENERTOTAL

11-07-2025

Positivo

CELSIA COLOMBIA

11-07-2025

Positivo

ISAGEN

11-07-2025

Positivo

PROELÉCTRICA

11-07-2025

Positivo

GEB

11-07-2025

Positivo

TEBSA

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ENERGÍA DEL SUROESTE

11-07-2025

Positivo

GECELCA

11-07-2025

Positivo

XM

11-07-2025

Positivo

 

 

 

AUTORIZACIÓN:

 

Con base en lo anterior, el CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN con el voto favorable de once de los doce miembros con capacidad de voto aprueban el acuerdo "Por el cual se aprueban los resultados de las pruebas previas a la entrada en operación de la planta solar fotovoltaica Palmira 1".

 

En cumplimiento de establecido en el Acuerdo CNO N°1912 (Reglamento Interno) del 5 de diciembre de 2024, firman la presente acta el presidente y el secretario técnico, en señal de aprobación de la misma.