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El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 793 del 8 de mayo de 2025 y,
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 793 del 8 de mayo de 2025 y,
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento interno y según lo aprobado en la reunión no presencial No. 792 del 5 de mayo de 2025, y
Desde el año 2023, por medio de la Circular CNO 121 del 27 de septiembre de 2023, el Comité de Ciberseguridad del Consejo Nacional de Operación - CNO invitó a todos los agentes del SIN a reportar cualquier amenaza de ciberseguridad en la plataforma MISP, que es una plataforma de intercambio de amenazas basado en un software libre de código abierto y orientado a facilitar la compartición de información de indicadores de compromiso (IOC) y de amenazas cibernéticas.
Actualmente, y con el objetivo de contribuir con el fortalecimiento de la ciberseguridad en el sector eléctrico y de avanzar en la actualización de los datos y fomentar el uso de la plataforma MISP como herramienta para compartir información relevante sobre ciber amenazas del sector eléctrico; de manera atenta se comparten los siguientes documentos adjuntos:
- Guía Rápida registro y Uso del MISP (Anexo 1)
- Anexo_Guía para el reporte de eventos en MISP (Anexo 2)
- Anexo_Guía para la extracción de IOCs de correos de phishing (Anexo 3).
- Anexo Manual de uso de GPG4WIN_V4-4 en Windows y creación de llaves para el MISP (Anexo 4).
Cualquier inquietud sobre la anterior información debe ser enviada a la dirección de correo electrónico: isoc@xm.com.co
Cordialmente,
Solicitud de concepto. Instrucciones relacionadas con los movimientos de los cambiadores de tomas ("taps") de los transformadores STN/STN, STN/STR y STN/SDL.
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo definido en la reunión No. 793 del 8 de mayo de 2025, y
Respuesta a solicitud de derogación, modificacion o reglamentación art. 1 Decreto 1403 de 2024.
De manera atenta, se comparte con los agentes generadores, transmisores nacionales, transmisores regionales y operadores de red el Boletín Informativo de actualización de firmware de los relés SIEMENS 7SA8, 7SL8, 7SX8 con CPU CP200 y CP300.
Se solicita a los agentes evaluar la recomendación del fabricante SIEMENS, la cual mitiga riesgos en la operación de las funciones distancia y bloqueo por oscilación de potencia para los relés SIEMENS 7SA8, 7SL8, 7SX8 con CPU CP200 y CP300, y en caso de identificarlo necesario, se recomienda iniciar actividades de actualización de firmware ejecutando las respectivas validaciones, siguiendo las recomendaciones emitidas en las conclusiones del acta de la reunión 174 del Subcomité de Protecciones, cuya copia se adjunta a la presente como Anexo.
Se resalta la importancia de realizar pruebas mínimas de validación de función de los relés por parte de los agentes, antes y después de realizar la actualización de cada firmware de relé. Además, se hace extensiva la recomendación del fabricante de considerar un tiempo de prefalla mínimo entre 200-500 ms para tener la posibilidad a futuro de reproducir eventos.
Se reitera que es responsabilidad del agente mantener la función ANSI 68 ajustada en modo apagada o monitoreo para permitir la operación adecuada del relé. Si en los estudios eléctricos y/o análisis de eventos se identifica necesario que la función debe bloquear alguna zona de la función distancia por posible oscilación de potencia, el agente operador del equipo deberá evaluar sus alternativas para ejecutar dicho requerimiento.
Cualquier inquietud específica sobre la actualización del firmware y temas técnicos asociados, deben ser dirigidos al correo de José Velandia de Siemens (jose.velandia@siemens.com).
Cordial saludo,
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo definido en la reunión No. 788 del 3 de abril de 2025, y
Comentarios CNO al proyecto normativo CREG 701 084, “Medidas transitorias para la agilización de la asignación de capacidad de transporte de proyectos con obligaciones con el sistema o con trámites ambientales cumplidos”.
