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De manera atenta, se comparte con los agentes generadores, transmisores nacionales, transmisores regionales y operadores de red el Boletín Informativo de actualización de firmware de los relés SIEMENS 7SA8, 7SL8, 7SX8 con CPU CP200 y CP300.
Se solicita a los agentes evaluar la recomendación del fabricante SIEMENS, la cual mitiga riesgos en la operación de las funciones distancia y bloqueo por oscilación de potencia para los relés SIEMENS 7SA8, 7SL8, 7SX8 con CPU CP200 y CP300, y en caso de identificarlo necesario, se recomienda iniciar actividades de actualización de firmware ejecutando las respectivas validaciones, siguiendo las recomendaciones emitidas en las conclusiones del acta de la reunión 174 del Subcomité de Protecciones, cuya copia se adjunta a la presente como Anexo.
Se resalta la importancia de realizar pruebas mínimas de validación de función de los relés por parte de los agentes, antes y después de realizar la actualización de cada firmware de relé. Además, se hace extensiva la recomendación del fabricante de considerar un tiempo de prefalla mínimo entre 200-500 ms para tener la posibilidad a futuro de reproducir eventos.
Se reitera que es responsabilidad del agente mantener la función ANSI 68 ajustada en modo apagada o monitoreo para permitir la operación adecuada del relé. Si en los estudios eléctricos y/o análisis de eventos se identifica necesario que la función debe bloquear alguna zona de la función distancia por posible oscilación de potencia, el agente operador del equipo deberá evaluar sus alternativas para ejecutar dicho requerimiento.
Cualquier inquietud específica sobre la actualización del firmware y temas técnicos asociados, deben ser dirigidos al correo de José Velandia de Siemens (jose.velandia@siemens.com).
Cordial saludo,
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo definido en la reunión No. 788 del 3 de abril de 2025, y
Comentarios CNO al proyecto normativo CREG 701 084, “Medidas transitorias para la agilización de la asignación de capacidad de transporte de proyectos con obligaciones con el sistema o con trámites ambientales cumplidos”.
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 788 del 3 de abril de 2025 y,
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 788 del 3 de abril de 2025, y
El Consejo Nacional en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 788 del 4 de abril de 2025 y,
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 788 del 3 de abril de 2025, y
