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Acuerdo 1926 Por el cual se aprueba la actualización de las zonas prohibidas de generación de las unidades 2, 3, 4 y 5 de la planta Termozipa | ||
Acuerdo Número:
1926 |
Fecha de expedición:
6 Febrero, 2025 |
Fecha de entrada en vigencia:
12 Febrero, 2025 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 781 del 6 de febrero de 2025 y, |
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1898 de 2024, ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con los números de radicado en XM con los números con los números 202444032068-3 y 202544001529-3 del 20 de diciembre de 2024 y 17 de enero de 2025 respectivamente, actualizar las zonas prohibidas de generación de las unidades 2, 3, 4 y 5 de la planta Termozipa, teniendo en cuenta que como resultado de las pruebas de las configuraciones de los molinos y quemadores, se comprobó que las unidades pueden operar a cualquier carga entre el mínimo técnico y la capacidad efectiva neta de forma estable y segura.
Que XM mediante comunicación 202544001958-1 del 27 de enero de 2025, dio concepto a la solicitud de cambio de parámetros realizada, como responsable de la planeación, coordinación, supervisión y control de la operación integrada de los recursos del SIN, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión extraordinaria 396 del 29 de enero de 2025 dio concepto favorable a la actualización de las zonas prohibidas de generación de las unidades 2, 3, 4 y 5 de la planta Termozipa.
Que el Comité de Operación en la reunión 459 del 30 de enero de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1898 de 2024, ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con los números de radicado en XM con los números con los números 202444032068-3 y 202544001529-3 del 20 de diciembre de 2024 y 17 de enero de 2025 respectivamente, actualizar las zonas prohibidas de generación de las unidades 2, 3, 4 y 5 de la planta Termozipa, teniendo en cuenta que como resultado de las pruebas de las configuraciones de los molinos y quemadores, se comprobó que las unidades pueden operar a cualquier carga entre el mínimo técnico y la capacidad efectiva neta de forma estable y segura.
Que XM mediante comunicación 202544001958-1 del 27 de enero de 2025, dio concepto a la solicitud de cambio de parámetros realizada, como responsable de la planeación, coordinación, supervisión y control de la operación integrada de los recursos del SIN, teniendo en cuenta que la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión extraordinaria 396 del 29 de enero de 2025 dio concepto favorable a la actualización de las zonas prohibidas de generación de las unidades 2, 3, 4 y 5 de la planta Termozipa.
Que el Comité de Operación en la reunión 459 del 30 de enero de 2025 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio del parámetro zonas prohibidas de generación de las unidades 2, 3, 4 y 5 de la planta Termozipa, así:

El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 11 de febrero de 2025 para la operación del 12 de febrero de 2025.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio del parámetro zonas prohibidas de generación de las unidades 2, 3, 4 y 5 de la planta Termozipa, así:

El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 11 de febrero de 2025 para la operación del 12 de febrero de 2025.
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