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Acuerdo 1905 Por el cual se aprueba la ampliación de la vigencia del Volumen Útil y del Volumen Mínimo Técnico temporales del embalse Guavio | ||
Acuerdo Número:
1905 |
Fecha de expedición:
5 Diciembre, 2024 |
Fecha de entrada en vigencia:
5 Diciembre, 2024 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento interno y según lo aprobado en la reunión No. 755 del 5 de diciembre de 2024, y |
Que en cumplimiento del Acuerdo 1287 de 2020, mediante el Acuerdo 1441 de 2021 se aprobó la actualización de información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Guavio.
Que los volúmenes característicos del embalse Guavio tienen vigencia hasta el 30 de junio de 2026, teniendo en cuenta la fecha de finalización de los trabajos de campo de la última batimetría (levantamiento batimétrico y LiDAR).
Que ENEL COLOMBIA presentó en la reunión 700 del 13 de abril de 2023 el proyecto "Desarrollo sostenible embalse Guavio 2022 - 2026"; cuyo objeto es desarrollar un plan para extender la vida útil del embalse Guavio a través de actividades de ingeniería en materia de gestión de sedimentos, que incluye la construcción de una nueva bocatoma como línea de gestión principal, debido al aumento de la sedimentación y a la disminución progresiva del volumen muerto. Una de las medidas de contingencia para reducir la tasa de sedimentación del volumen muerto, es el limitar temporalmente el nivel mínimo de operación del embalse al 30% (cota 1576.96 msnm).
Que por solicitud del CNO, ENEL COLOMBIA presentó en la reunión del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables - SURER 495 del 11 de mayo de 2023, con participación de los integrantes del Subcomité de Planeamiento Operativo, el proyecto "Desarrollo Sostenible embalse Guavio 2022 - 2026".
Que teniendo en cuenta la importancia de contar con la mejor información para el planeamiento operativo, el CND solicitó a ENEL Colombia la actualización temporal de los volúmenes técnicos del embalse Guavio.
Que según lo previsto en el Acuerdo 1585 de 2022, mediante el Acuerdo 1745 de 2023 se aprobó la actualización temporal de los parámetros volumen útil y volumen mínimo técnico del embalse Guavio, vigentes a partir de la fecha de expedición del Acuerdo que los apruebe y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Que ENEL Colombia siguiendo el procedimiento del Acuerdo CNO 1585, solicitó concepto al CND mediante comunicaciones con radicado en XM números 202444021859-3 del 11 de septiembre y 202444025090-3 del 16 de octubre de 2024, solicitó la extensión de la vigencia de los valores temporales de volumen útil y el volumen mínimo técnico del embalse Guavio hasta el 31 de diciembre de 2025, para la ejecución de las obras que se requieren para mantener la seguridad de la infraestructura y la continuidad en la operación de la central.
Que XM mediante comunicación 202444023661-1 del 1 de noviembre emitió concepto favorable a la solicitud realizada, teniendo en cuenta que la extensión de la vigencia de los volúmenes característicos del embalse se hace para la ejecución de obras que se requieren para mantener la seguridad de la infraestructura y la continuidad en la operación de la central y que los valores temporales reflejen la condición operativa actual.
Que en la reunión extraordinaria 544 del SURER, ENEL Colombia solicitó extender por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, la actualización temporal de los volúmenes Mínimo Técnico y Útil de la Central de Guavio, con el fin de mitigar la sedimentación, limitando el nivel mínimo operativo al 30% (cota 1576.96 msnm) para evitar que los sedimentos afecten la captación.
Que el SURER en la reunión extraordinaria 544 del 21 de noviembre de 2024 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación de la vigencia de los volúmenes Mínimo Técnico y Útil de la Central de Guavio hasta el 31 de diciembre de 2025, tal como están previstos en el Acuerdo 1745.
Que el Comité de Operación en la reunión 455 del 28 de noviembre de 2024 recomendó al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Que en cumplimiento del Acuerdo 1287 de 2020, mediante el Acuerdo 1441 de 2021 se aprobó la actualización de información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Guavio.
Que los volúmenes característicos del embalse Guavio tienen vigencia hasta el 30 de junio de 2026, teniendo en cuenta la fecha de finalización de los trabajos de campo de la última batimetría (levantamiento batimétrico y LiDAR).
Que ENEL COLOMBIA presentó en la reunión 700 del 13 de abril de 2023 el proyecto "Desarrollo sostenible embalse Guavio 2022 - 2026"; cuyo objeto es desarrollar un plan para extender la vida útil del embalse Guavio a través de actividades de ingeniería en materia de gestión de sedimentos, que incluye la construcción de una nueva bocatoma como línea de gestión principal, debido al aumento de la sedimentación y a la disminución progresiva del volumen muerto. Una de las medidas de contingencia para reducir la tasa de sedimentación del volumen muerto, es el limitar temporalmente el nivel mínimo de operación del embalse al 30% (cota 1576.96 msnm).
Que por solicitud del CNO, ENEL COLOMBIA presentó en la reunión del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables - SURER 495 del 11 de mayo de 2023, con participación de los integrantes del Subcomité de Planeamiento Operativo, el proyecto "Desarrollo Sostenible embalse Guavio 2022 - 2026".
Que teniendo en cuenta la importancia de contar con la mejor información para el planeamiento operativo, el CND solicitó a ENEL Colombia la actualización temporal de los volúmenes técnicos del embalse Guavio.
Que según lo previsto en el Acuerdo 1585 de 2022, mediante el Acuerdo 1745 de 2023 se aprobó la actualización temporal de los parámetros volumen útil y volumen mínimo técnico del embalse Guavio, vigentes a partir de la fecha de expedición del Acuerdo que los apruebe y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Que ENEL Colombia siguiendo el procedimiento del Acuerdo CNO 1585, solicitó concepto al CND mediante comunicaciones con radicado en XM números 202444021859-3 del 11 de septiembre y 202444025090-3 del 16 de octubre de 2024, solicitó la extensión de la vigencia de los valores temporales de volumen útil y el volumen mínimo técnico del embalse Guavio hasta el 31 de diciembre de 2025, para la ejecución de las obras que se requieren para mantener la seguridad de la infraestructura y la continuidad en la operación de la central.
Que XM mediante comunicación 202444023661-1 del 1 de noviembre emitió concepto favorable a la solicitud realizada, teniendo en cuenta que la extensión de la vigencia de los volúmenes característicos del embalse se hace para la ejecución de obras que se requieren para mantener la seguridad de la infraestructura y la continuidad en la operación de la central y que los valores temporales reflejen la condición operativa actual.
Que en la reunión extraordinaria 544 del SURER, ENEL Colombia solicitó extender por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2025, la actualización temporal de los volúmenes Mínimo Técnico y Útil de la Central de Guavio, con el fin de mitigar la sedimentación, limitando el nivel mínimo operativo al 30% (cota 1576.96 msnm) para evitar que los sedimentos afecten la captación.
Que el SURER en la reunión extraordinaria 544 del 21 de noviembre de 2024 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación de la vigencia de los volúmenes Mínimo Técnico y Útil de la Central de Guavio hasta el 31 de diciembre de 2025, tal como están previstos en el Acuerdo 1745.
Que el Comité de Operación en la reunión 455 del 28 de noviembre de 2024 recomendó al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación de la actualización temporal del Volumen Útil y del Volumen Mínimo Técnico del embalse Guavio hasta el 31 de diciembre de 2025, así:

Los siguientes valores del volumen útil y el volumen mínimo técnico del embalse Guavio estarán vigentes para la operación, a partir del 1 de enero de 2026:

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación de la actualización temporal del Volumen Útil y del Volumen Mínimo Técnico del embalse Guavio hasta el 31 de diciembre de 2025, así:

Los siguientes valores del volumen útil y el volumen mínimo técnico del embalse Guavio estarán vigentes para la operación, a partir del 1 de enero de 2026:

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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