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| Acuerdo 1901 Por el cual se aprueban los resultados de las pruebas previas a la entrada en operación de la planta solar fotovoltaica Guayepo | ||
| Acuerdo Número:
1901 |
Fecha de expedición:
26 Noviembre, 2024 |
Fecha de entrada en vigencia:
26 Noviembre, 2024 |
| Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión no presencial No. 774 del 26 de noviembre de 2024 y, |
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Que mediante el Acuerdo 1899 de 2024 se aprobó la actualización del "Procedimiento para la declaración de entrada en operación comercial de proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación".
Que en el artículo 3 del Acuerdo 1899 de 2024 se prevé lo siguiente:
"El Acuerdo 1612 del 16 de septiembre de 2022 rige para la declaración de entrada en operación comercial de los proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación, cuya fecha de declaración en operación comercial -FDOC- sea hasta el 6 de diciembre de 2024."
Que en el numeral 7.4.7 del Anexo 1 del Acuerdo 1612 de 2022, Por el cual se aprueba la actualización del "Procedimiento para la puesta en operación de proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación", se define que se deberá emitir un Acuerdo CNO con el resultado de las siguientes pruebas:
- Pruebas de la curva de capacidad, Potencia reactiva (PQ).
- Pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia (Estatismo(s) potencia/frecuencia).
- Pruebas de rampa operativa de entrada y salida.
- Pruebas de las características del control de potencia reactiva/tensión (Estatismo potencia reactiva/tensión).
- Pruebas a las características de operación ante depresiones de tensión y sobretensiones.
- Pruebas a los requerimientos de priorización en la inyección rápida de corriente reactiva.
Que en el Acuerdo 1830 de 2024 se aprobó la actualización del "Procedimiento para la verificación de las funciones de control de tensión de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR".
Que en el Acuerdo 1826 de 2024 se aprobó la actualización del "Procedimiento de pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR".
Que en el Acuerdo 1869 de 2024 se estableció la actualización del "Procedimiento para la realización de las pruebas de verificación de la curva de capacidad de las plantas de generación eólicos y solares fotovoltaicas conectados al STN y STR y de los autogeneradores conectados al STN y al STR sin entrega de excedentes".
Que en las reuniones del Subcomité de Controles 310 y 311 del 13 y 25 de noviembre de 2024 respectivamente, la empresa ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. presentó los resultados de las pruebas de la planta solar fotovoltaica Guayepo, y el Subcomité emitió concepto favorable del cumplimiento de los procedimientos y pruebas descritas en los Acuerdos CNO 1830, 1826 y 1869, que contienen los resultados de las pruebas del numeral 7.4.7 del Anexo 1 del Acuerdo 1612 para la planta Guayepo.
Que el Comité de Operación en la reunión no presencial 454 del 26 de noviembre de 2024 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 1899 de 2024 se aprobó la actualización del "Procedimiento para la declaración de entrada en operación comercial de proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación".
Que en el artículo 3 del Acuerdo 1899 de 2024 se prevé lo siguiente:
"El Acuerdo 1612 del 16 de septiembre de 2022 rige para la declaración de entrada en operación comercial de los proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación, cuya fecha de declaración en operación comercial -FDOC- sea hasta el 6 de diciembre de 2024."
Que en el numeral 7.4.7 del Anexo 1 del Acuerdo 1612 de 2022, Por el cual se aprueba la actualización del "Procedimiento para la puesta en operación de proyectos de transmisión que incluyan activos de uso del Sistema de Transmisión Nacional - STN -, del Sistema de Transmisión Regional - STR –, de usuarios conectados directamente al STN, al STR y de recursos de generación", se define que se deberá emitir un Acuerdo CNO con el resultado de las siguientes pruebas:
- Pruebas de la curva de capacidad, Potencia reactiva (PQ).
- Pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia (Estatismo(s) potencia/frecuencia).
- Pruebas de rampa operativa de entrada y salida.
- Pruebas de las características del control de potencia reactiva/tensión (Estatismo potencia reactiva/tensión).
- Pruebas a las características de operación ante depresiones de tensión y sobretensiones.
- Pruebas a los requerimientos de priorización en la inyección rápida de corriente reactiva.
Que en el Acuerdo 1830 de 2024 se aprobó la actualización del "Procedimiento para la verificación de las funciones de control de tensión de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR".
Que en el Acuerdo 1826 de 2024 se aprobó la actualización del "Procedimiento de pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al STN y STR".
Que en el Acuerdo 1869 de 2024 se estableció la actualización del "Procedimiento para la realización de las pruebas de verificación de la curva de capacidad de las plantas de generación eólicos y solares fotovoltaicas conectados al STN y STR y de los autogeneradores conectados al STN y al STR sin entrega de excedentes".
Que en las reuniones del Subcomité de Controles 310 y 311 del 13 y 25 de noviembre de 2024 respectivamente, la empresa ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. presentó los resultados de las pruebas de la planta solar fotovoltaica Guayepo, y el Subcomité emitió concepto favorable del cumplimiento de los procedimientos y pruebas descritas en los Acuerdos CNO 1830, 1826 y 1869, que contienen los resultados de las pruebas del numeral 7.4.7 del Anexo 1 del Acuerdo 1612 para la planta Guayepo.
Que el Comité de Operación en la reunión no presencial 454 del 26 de noviembre de 2024 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar los resultados de las pruebas de la planta Guayepo que se listan a continuación, las cuales fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en la regulación vigente y los Acuerdos 1830, 1826 y 1869, como se presenta en los Anexos del presente Acuerdo, que hacen parte integral del mismo:
- Pruebas de la curva de capacidad, Potencia reactiva (PQ).
- Pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia (Estatismo(s) potencia/frecuencia).
- Pruebas de rampa operativa de entrada y salida.
- Pruebas de las características del control de potencia reactiva/tensión (Estatismo potencia reactiva/tensión).
- Pruebas a las características de operación ante depresiones de tensión y sobretensiones.
- Pruebas a los requerimientos de priorización en la inyección rápida de corriente reactiva.
Aprobar la curva de capacidad de la planta de generación solar fotovoltaica Guayepo, como se muestra a continuación en la siguiente tabla y gráfica:


El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de expedición.
Aprobar los resultados de las pruebas de la planta Guayepo que se listan a continuación, las cuales fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en la regulación vigente y los Acuerdos 1830, 1826 y 1869, como se presenta en los Anexos del presente Acuerdo, que hacen parte integral del mismo:
- Pruebas de la curva de capacidad, Potencia reactiva (PQ).
- Pruebas de las características del control de potencia activa/frecuencia (Estatismo(s) potencia/frecuencia).
- Pruebas de rampa operativa de entrada y salida.
- Pruebas de las características del control de potencia reactiva/tensión (Estatismo potencia reactiva/tensión).
- Pruebas a las características de operación ante depresiones de tensión y sobretensiones.
- Pruebas a los requerimientos de priorización en la inyección rápida de corriente reactiva.
Aprobar la curva de capacidad de la planta de generación solar fotovoltaica Guayepo, como se muestra a continuación en la siguiente tabla y gráfica:


El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de expedición.
Para más información, descargue a continuación los siguientes archivos:
