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Con motivo de la situación de orden público debida al Paro Nacional y para garantizar la continuidad de la prestación del servicio público de energía eléctrica, de manera atenta les solicitamos a los generadores, transmisores y distribuidores que compartan activos en las diferentes subestaciones del Sistema Interconectado Nacional, mecanismos de cooperación en aspectos que tienen que ver con la operación, el mantenimiento y la logística.

Con motivo de la situación de orden público debida al Paro Nacional y para garantizar la continuidad de la prestación del servicio público de energía eléctrica, de manera atenta les solicitamos extremar las medidas de protección y seguridad de la infraestructura a su cargo.

Se sube el video de la jornada de Plenaria de Operadores de Red que se llevó a cabo el 20 de abril de 2021


De manera atenta les informamos que con motivo de la activación del estado de alerta debido a la situación de orden público, el Ministerio de Minas y Energía dispuso el siguiente enlace para el reporte de situaciones y contingencias - Paro Nacional:
https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=vjYm2NJtZE6ihHo0AvJOJ7wZAvl7zsRDisBe8yubstxUNVRTVVpVQldXUUFGMU0wRU1aSDlFU0gxVS4u

Carta a UPME - Asunto: Ampliación de la fecha para envío de comentarios a la versión preliminar del Plan de Expansión de Referencia Generación y Transmisión 2020-2034.

El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo definido en la reunión No. 635 del 6 de mayo de 2021, y

El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 635 del 6 de mayo de 2021 y,

El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 635 del 6 de mayo de 2021 y,

El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 635 del 6 de mayo de 2021 y,